Los mercados de proximidad son lugares donde se encuentran directamente la persona productora de un alimento y la persona que va a consumirlo.

Los mercados no solo facilitan la comercialización de productos frescos, sino que también promueven la cultura alimentaria y patrimonial de los territorios.

Forman parte de la tradición histórica y cultural de muchos municipios la realización, determinados días de la semana, de mercados, normalmente al aire libre, en los que los propios productores agroalimentarios venden sus productos.

¿Todos los puestos de frutas y verduras del mercado son productores/as o agricultores/as?

No, también hay puestos de personas que comercializan frutas y hortalizas, y compran los productos a mayoristas, mercados, productores, etc.

Por lo tanto, en los mercados nos podemos encontrar a personas productoras (venden lo que producen) y/o personas comercializadoras de frutas y hortalizas (que compran los vegetales y luego los revenden).

¿Cómo reconocer aquellos puestos que son productores/as?

Existe una tarjeta identificativa que contendrá los datos de la persona titular de la autorización y las personas autorizadas para ejercer la actividad en su nombre, los productos autorizados para la venta y la dirección y el código REA que sería el código que identifica a una explotación.

¿Dónde puedo ver esta tarjeta identificativa?

Debe estar expuesta en un lugar visible para los consumidores/clientes. Normalmente se suele colocar de frente a la persona compradora.

¿Quién autoriza y controla los puestos que se colocan en los mercados?

Los Ayuntamientos a través de sus ordenanzas municipales establecen las bases y el procedimiento para la adjudicación de los puestos. Estos realizarán los controles que consideren necesarios para garantizar su correcta utilización.

¿Qué información deben mostrar los productos vegetales VENDIDOS DIRECTAMENTE POR EL PRODUCTOR/A?

El etiquetado de alimentos (incluyendo frutas y verduras frescas) está regulado a nivel europeo por el Reglamento (UE) nº 1169/2011.

Los productos se pueden vender:

  1. A granel: cuando se venden de forma directa al consumidor no es obligatorio etiquetar la información. Se puede mostrar en un rótulo o cartel o transmitirse de forma oral.

    La información será:
    • Denominación del alimento (si el contenido es visible desde el exterior, la denominación podrá omitirse).
    • Precio.
  1. Envasados: debe ser etiquetados y cumplir lo establecido en el Reglamento 1169/2011.

    La información que contendrá la etiqueta será:
  • Denominación del alimento.
  • País de origen.
  • Cantidad neta.
  • Nombre o razón social y la dirección del operador.
  • Lote.
  • Marcado reciclaje/destino final del envase (contenedor amarillo, envases de plástico y metal o en el azul (papel y cartón).
  • Calibre y categoría y variedad para los productos sujetos a normas de comercialización (manzanas, cítricos, kiwis, lechugas y escarolas de hora rizada y de hoja lisa, melocotones y nectarinas, peras, fresas, pimiento dulce, uva de mesa, plátanos y tomate).

¿Qué requisitos sanitarios tiene que cumplir un puesto de frutas y hortalizas?

  • Alta en el REA (REGEPA) que acredite la condición de producción primaria a nombre de la persona o entidad solicitante
  • Formación en materia de higiene alimentaria. Existen cursos disponibles para realizar esta formación en IkasELIKA.
  • Cumplir con la normativa de etiquetado de los productos y con las buenas prácticas de higiene, manipulación y limpieza en el puesto de venta.

¿Por qué comprar mercados de proximidad y a los productores/as?

mercado feria