El aumento de la sensibilidad de la sociedad ante las condiciones en las que se crían los animales, entre otras razones, ha provocado que en la actualidad exista una estricta normativa europea sobre el bienestar animal que exige unas condiciones para la cría, el transporte y el sacrificio de los animales destinados al consumo humano

Estas normas se basan en investigaciones científicas que anteriormente han estudiado el comportamiento de cada especie animal y, por lo tanto, las condiciones más idóneas para su cría y manejo.

¿Por qué hoy existe mayor bienestar?

El bienestar animal es una demanda de la sociedad actual y cada vez se le da más importancia, por diversas razones:

  • Existe una mayor conciencia social sobre el rechazo a los abusos y sufrimientos de los animales.
  • Hay un mayor conocimiento científico de aspectos como el comportamiento, la fisiología del estrés o el manejo correcto de los animales.
  • Distintos estudios demuestran estrechos vínculos entre el bienestar animal, la sanidad animal y las enfermedades transmitidas por los alimentos (Salmonella,Campylobacter y E. coli).

¿De qué depende el bienestar de los animales?

El bienestar de los animales depende en gran medida de la forma en que son manejados por los seres humanos; además, influyen directamente otros factores como las condiciones del alojamiento, el espacio disponible, la densidad de cría, las condiciones de transporte y los métodos de aturdimiento para el sacrificio.

¿Qué normativa existe en Europa?

La UE tiene los más altos estándares mundiales de bienestar animal.

Ya en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, se establecía que los animales son seres sensibles y que han de tenerse plenamente en cuenta sus exigencias en bienestar a la hora de formular y aplicar determinadas políticas de la UE.

La Unión Europea ha establecido normas comunes, bajo la forma de Directivas  y Reglamentos, obligatorias para todos los Estados miembro, que éstos deben trasponer o aplicar directamente.

Requisitos por especie animal

Si bien todos los animales de producción deben criarse bajo unas normas básicas establecidas por la UE que garantizan unas condiciones mínimas (acceso a alimento, agua, iluminación, espacio disponible…), hay especies animales que cuentan además con legislación propia que atiende a sus características fisiológicas y de comportamiento.

A continuación, se resumen las principales normas que existen para la cría de distintas especies de animales productores de alimentos:

Para la cría de cerdos

Las condiciones de bienestar de los cerdos en España se regulan a través del Real Decreto 1135/2002, por el cual:

  • Las cerdas deben criarse en grupos durante un  período determinado (entre la cubrición y el parto).
  • Desde el 2006 queda prohibido el uso de ataduras para las cerdas.
  • En el caso de los lechones, es obligatorio que el suelo emparrillado donde se albergan tenga unas determinadas medidas.
  • Está prohibida cualquier mutilación, con algunas excepciones, como el pulido  parcial de la punta de los dientes de los lechones antes de los siete días de vida.

Para la cría de gallinas

La normativa sobre bienestar  de las gallinas ponedoras es el Real Decreto 3/2002, que entre otras cosas establece:

  • La prohibición de las jaulas convencionales a partir del 1 de enero del año 2012.
  • Todas las jaulas que existan deberán ser enriquecidas (acondicionadas).
  • Las jaulas enriquecidas tienen más espacio por gallina y están acondicionadas con nidos, aseladeros, lima para las uñas y  baños para que las gallinas puedan escarbar.

Las explotaciones que crían gallinas con acceso al aire libre también deben cumplir ciertos requisitos, entro ellos:

  • El espacio de pradera por gallina debe ser de 4m² en el caso de gallinas camperas y ecológicas.
  • La cantidad de trampillas de salida al exterior debe ser proporcional al número de gallinas.
  • Las superficies exteriores deben contar con zonas sombreadas y puntos de agua para las aves puedan protegerse del sol y beber.

Para la cría de terneros

Regulados por el Real Decreto 1047/1994, algunos de los requisitos para la cría de terneros son:

  • Están prohibidos los recintos individuales para terneros de más de ocho semanas de
    edad.
  • Todos los recintos individuales tendrán perforaciones que permitan el contacto visual y táctil directo entre los terneros.
  • No se pueden atar terneros que no estén alojados en grupo (excepto para la lactancia, durante una hora como máximo).
  • El ternero recibirá calostro bovino lo antes posible después de su nacimiento y, en todo caso,
    dentro de las seis primeras horas de vida.

También lo animales de experimentación

Los animales de experimentación también cuentan con su propia legislación sobre protección animal.

Precisamente, en febrero de 2013 se ha aprobado en España el Real Decreto 53/2013, que obliga a los investigadores a buscar fórmulas alternativas a la experimentación en animales.

Por otro lado, a partir de marzo del este mismo año 2013, están prohibidas en toda la Unión Europea la experimentación de cosméticos con animales de experimentación, así como la comercialización de nuevos productos o sus ingredientes que hayan sido testados con animales.

Conclusiones

  • El bienestar animal es un aspecto que preocupa cada vez más a la sociedad actual.
  • Si bien la Unión Europea cuenta con la legislación más exigente existente en la materia, aún queda camino por recorrer, sobre todo en puntos críticos como el transporte y el sacrificio de los animales.
  • La investigación en este campo es cada vez mayor, lo que permite tener un mayor conocimiento sobre las características de cada especie animal y regular con más eficacia sus condiciones de cría y manejo.

Información de interés

Fecha de creación: 20-09-2013

Fecha de actualización: 21-06-2019